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Devoluciones de recetas de mutualidades: causas y cómo evitarlas

Una receta «devuelta» es dinero que no cobra la farmacia. El concierto con cada mutualidad enumera una por una las causas por las que no se abona una receta, total o parcialmente. Aquí las tienes ordenadas por gravedad y con lo que hay que hacer para evitarlas.

Base de esta guía: la lista del concierto de MUFACE (anexo A, apartado 3.3). Los conciertos de ISFAS y MUGEJU tienen una estructura muy parecida, pero no son idénticos en la redacción de cada causa: para un caso dudoso, revisa el anexo A del concierto de esa mutualidad.

1. No se abona nada (anulación total)

Se pierde el importe completo de la receta o del cupón:

  • Receta sin el cupón precinto normalizado (medicamentos y productos sanitarios) o sin el justificante de dispensación, salvo imposibilidad material.
  • No coincide lo prescrito con lo dispensado, salvo sustitución permitida.
  • Necesitaba visado previo y no lo lleva en las condiciones exigidas.
  • Falta algún dato obligatorio del prescriptor: nombre o inicial y apellido(s), número de colegiado, firma y fecha de prescripción (o fecha prevista de dispensación). Si el número de colegiado es legible pero el resto no, no siempre se anula.
  • Falta algún dato obligatorio del producto prescrito.
  • Enmiendas o tachaduras en el producto prescrito o en las fechas, sin salvar con nueva firma del prescriptor (si no afectan a identificar el producto o al plazo de validez, no hace falta).
  • Fórmulas magistrales que no se ajustan al anexo B.
  • Se dispensó un producto excluido de la prestación.
  • Receta con falsedad acreditada.
  • Sustitución que incumple la legalidad.
  • La receta indica que el paciente pertenece a otra mutualidad o servicio público de salud (se devuelven al colegio).
  • Dispensación electrónica facturada sin cupón precinto o datos de la HCP ese mes.
  • Dispensación electrónica anulada por la farmacia una vez finalizada.
  • Dispensación electrónica duplicada (se paga una).

2. Se pierde el margen profesional

La mutualidad paga el producto pero no el margen de la farmacia si:

  • Falta algún dato obligatorio del paciente: nombre, dos apellidos, año de nacimiento y número de identificación (en papel puede completarlo el farmacéutico).
  • Falta la fecha de dispensación.
  • No consta el motivo de la sustitución (salvo mismo medicamento con código nacional distinto) o falta el DNI de quien retira el producto en estupefacientes y psicótropos.
  • Se dispensó pasados 10 días naturales desde la fecha prevista de dispensación o, si no consta, de la prescripción o del visado (salvo vacunas individualizadas).
  • La receta se factura más de tres meses después de dispensada, o la HCP se presenta después de tres meses.
  • Una HCP con numeración duplicada en la misma farmacia (salvo que no sea culpa de la farmacia).
  • Recetas en papel a las que falta algún dato del medicamento y que no están firmadas por el farmacéutico.

3. Se abona solo una parte (anulación parcial)

Qué pasó Qué se abona
Se dispensó el envase más grande cuando la prescripción indicaba uno menor o no indicaba tamaño El importe del envase menor (salvo que se justifique falta de existencias en los canales habituales o urgencia; y si no hay tamaño, no se aplica cuando la posología y duración justifican el envase)
Fórmula magistral con cantidad superior a la máxima autorizada Solo la cantidad máxima estipulada
Se dispensó más de un envase fuera de los casos permitidos Solo uno de los envases
Facturada a un precio distinto al del Nomenclátor (o al del anexo B) El precio legal del Nomenclátor del mes de facturación
Absorbentes: tipo de absorción distinto (día, noche, supernoche) sin justificar El precio de lo prescrito

4. Se puede subsanar

La mutualidad devuelve la receta a la farmacia para que la corrija si falta:

  • La firma o los datos de identificación de la farmacia.
  • Hay enmiendas o tachaduras en los datos de la farmacia o en la fecha de dispensación sin diligenciar.
  • Faltan los datos de valoración de una fórmula magistral.

Solo es subsanable si se trata de menos del 50 % de las recetas facturadas ese mes y el total facturado es superior a cinco. Si se supera, se anulan por completo (en fórmulas magistrales, el mismo criterio del 50 % de las de ese tipo).

Lista de comprobación antes de sellar

  1. ¿Está en plazo (10 días naturales; desde el visado si lo hay)?
  2. ¿Datos completos del prescriptor y del paciente? ¿Número de afiliación?
  3. ¿Sin tachaduras sin salvar?
  4. ¿Lo dispensado coincide con lo prescrito, o hay sustitución permitida anotada?
  5. ¿Un solo envase, o dentro de las excepciones?
  6. ¿Visado, si lo necesita (y, en electrónica, registrado antes de dispensar)?
  7. ¿Cupón precinto bien pegado y legible? ¿En la HCP correcta de la mutualidad?
  8. ¿Sello, fecha de dispensación y firma? ¿DNI si es estupefaciente o psicótropo?
  9. ¿Precio anotado donde toca (etiquetas)?

Si no estás de acuerdo con una devolución

El concierto prevé que cualquier incumplimiento o desacuerdo se trate primero en las comisiones provinciales y, en segunda instancia, en la comisión central. Empieza por hablarlo con tu colegio.

Fuentes

Información orientativa a partir de los textos oficiales citados. Ante un caso concreto, manda el texto oficial y tu colegio.

ISFAS MUFACE MUGEJU