Dispensar recetas en papel (talonario) de MUFACE, ISFAS y MUGEJU
Aunque la receta electrónica avanza, el talonario en papel de MUFACE, ISFAS y MUGEJU sigue circulando: vacunas individualizadas, fórmulas magistrales, mutualistas de opción concertada que no reciben receta electrónica… Esta guía resume cómo dispensarlo y facturarlo según los conciertos.
Base de esta guía: el anexo A del concierto de MUFACE. Hemos comprobado que los plazos de validez, los envases y el visado coinciden en los conciertos de ISFAS y MUGEJU; en el resto de detalles puede haber diferencias de redacción, así que ante una duda revisa el concierto de la mutualidad concreta.
1. ¿Es válida la receta?
Plazo
- Es válida 10 días naturales desde la fecha de prescripción o, si figura, desde la fecha prevista de dispensación. Pasado ese plazo no se puede dispensar con esa receta.
- Si el medicamento o producto requiere visado, el plazo se cuenta desde la fecha del visado.
- Las vacunas individualizadas (antialérgicas y bacterianas) tienen 90 días naturales desde el visado o, si falta, desde la prescripción.
- Puede haber plazos menores para medicamentos con normas específicas del Ministerio de Sanidad.
Datos obligatorios
- Prescriptor: nombre (o inicial) y uno o dos apellidos, número de colegiado, firma y fecha de prescripción (o fecha prevista de dispensación).
- Paciente: nombre, dos apellidos, año de nacimiento y número de identificación. Sin número de afiliación no se dispensa (se puede completar en el momento).
- Medicamento: principio activo o marca, forma farmacéutica, dosis por unidad, presentación y vía. Excepcionalmente vale una receta a la que le falten algunos datos si el producto queda identificado sin duda; en ese caso hay que firmarla como farmacéutico, o se anula el margen profesional.
- Sin enmiendas ni tachaduras en los datos obligatorios, salvo salvadas con nueva firma del prescriptor.
- Recetas deterioradas que impidan comprobar los datos imprescindibles: no son válidas.
2. ¿Cuántos envases?
En una receta en papel, un solo envase, y como máximo el tratamiento de tres meses (un mes en dietoterápicos). Las excepciones que fija el concierto, hasta el máximo indicado y sin superar esos plazos:
| Caso | Envases máximos por receta |
|---|---|
| Antibacterianos de uso sistémico (J01), en unidosis y por vía parenteral (salvo subgrupos J01E, J01M y J01R) | Hasta 4. En presentaciones orales, hasta 2 con el mismo principio activo, dosis, forma y formato. |
| Viales multidosis de insulinas y análogos (A10A), excepto cartuchos | Hasta 4 |
| Medicamentos de diagnóstico hospitalario | De 1 a 4, sin superar 3 meses (salvo psicótropos) |
| Estupefacientes (receta oficial de estupefacientes) | De 1 a 4, sin superar 3 meses |
| Unidosis cuyo embalaje exterior coincide con el acondicionamiento primario | Hasta 6 (salvo lo indicado para antibacterianos) |
| Dietoterápicos complejos y nutrición enteral domiciliaria | Hasta 4 del mismo producto, sin superar 1 mes |
Si se dispensan varios envases de un mismo medicamento, deben ser de la misma marca. Dispensar más envases de los permitidos anula el pago del sobrante.
No se pueden dispensar en la misma receta medicamentos, fórmulas magistrales, preparados oficinales, dietoterápicos y productos sanitarios juntos.
3. Sustituciones
- Por defecto, se dispensa lo prescrito.
- Si se prescribe por principio activo, se dispensa el de precio más bajo de su agrupación homogénea. Si no está disponible por problema de suministro (según lo determine la AEMPS), se dispensa la presentación disponible con el siguiente precio más bajo.
- Si se prescribe por marca comercial y su precio supera el precio menor de la agrupación, se sustituye por el de precio más bajo sin necesidad de indicar el motivo.
- Con carácter excepcional (problema de suministro o urgente necesidad) se puede sustituir por el de precio más bajo de su agrupación, con igual composición, forma, vía y dosificación; hay que informar al paciente y anotar la causa en la receta.
- No se pueden sustituir: los medicamentos biológicos (insulinas, hemoderivados, vacunas, biotecnológicos), los de estrecho margen terapéutico y los que requieren seguimiento por seguridad según las listas de la Orden SCO/2874/2007, y los medicamentos inhalados para el aparato respiratorio.
Si dispensas algo con un precio superior al menor de la agrupación (fuera de los casos de suministro o urgencia), la mutualidad no abona ese precio.
4. Justificantes: qué pegar y sellar
- Medicamentos y productos sanitarios del Nomenclátor: el cupón precinto normalizado.
- Dietoterápicos complejos y nutrición enteral: el precinto identificativo.
- Vacunas individualizadas: las etiquetas del material de acondicionamiento, con el código 500009.
- Tiras reactivas: parte del cartonaje que identifique producto y precio, con el código 500033.
- Fórmulas magistrales y preparados oficinales: código 500017 (o 500058 si es fórmula con aportación reducida en las comunidades donde se diferencia), con el importe.
- El sello de la farmacia con nombre y número, la fecha de dispensación y la firma del farmacéutico.
El cupón precinto y las etiquetas deben quedar bien pegados y legibles. En las etiquetas hay que anotar a mano el PVP.
5. Casos que piden más cuidado
- Estupefacientes y psicótropos: comprobar que la receta cumple el Real Decreto 1675/2012 y anotar el DNI de la persona que retira el medicamento. Además, la receta de estupefacientes debe ir acompañada de la receta oficial de la mutualidad.
- Absorbentes de incontinencia de orina: todas las recetas requieren visado previo. Se dispensan atendiendo a nombre o denominación, modelo, tipo de absorción, talla y unidades.
- Productos sanitarios con talla o tamaño: si no figura o se sustituye, hay que diligenciarlo para poder facturar.
- Robo o extravío de talonarios: la mutualidad lo comunica a los colegios, que avisan a las farmacias: presta atención a esas alertas.
Fuentes
- Concierto MUFACE - Consejo General (anexo A, «Dispensación en las Oficinas de Farmacia»)
- Concierto ISFAS - Consejo General
- Concierto MUGEJU - Consejo General
Información orientativa a partir de los textos oficiales citados. Para casos concretos, consulta a tu colegio.